El Senado aprobó y devolvió a la Cámara de Diputados el proyecto de ley para prohibir las salidas anticipadas de condenados por delitos graves, con modificaciones, entre otras la del senador Adolfo Rodriguez Saá, donde se “invita a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a readecuar su legislación y reglamentaciones penitenciarias”.
La normativa se aprobó con 48 votos a favor y 8 en contra y una abstención (Fernando
Solanas).
Los cambios que introdujo el legislador por San Luis, en el artículo 40 están referidos a que ninguna cuestión procesal puede ser legislada por el Congreso con obligatoriedad para las provincias, sino solo para la Capital y el régimen federal.
La iniciativa fue aprobada con varias modificaciones las que fueron incluidas en el dictamen de la Comisión de Justicia, que preside el senador Pedro Guastavino, y se reunió previo al inicio de la sesión, donde Rodriguez Saá, presentó su propuesta.
A partir de los cambios introducido por el Senado al proyecto que había sido aprobado en noviembre del año pasado, la iniciativa fue girada nuevamente a la Cámara Baja.
La normativa en debate establece que los condenados por los delitos contra la integridad sexual, homicidio agravado, tortura seguida de muerte, narcotráfico y trata de personas, entre otros, así como los reincidentes, no podrán acceder a los beneficios de salida anticipada y libertad condicional.
El artículo 40 que a propuesta del legislador por San Luis modifica el artículo 228 de la Ley 24.660, quedó de la siguiente manera: “La Nación procederá a readecuar la legislación y las reglamentaciones penitenciarias existentes dentro de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, a efectos de concordarlas con sus disposiciones. De igual forma, se invita a las Provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a readecuar su legislación y reglamentaciones penitenciarias”.
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