Titulares de Anses de zonas frías pagarán la tarifa de gas con rebajas de hasta un 50%
La Cámara de Diputados aprobó este jueves el proyecto de ley que reduce las tarifas de gas en las zonas frías de diferentes provincias y que beneficiará a más de 3 millones de usuarios, entre ellos, titulares de asignaciones que se cobran por Anses.
Se trata de una reducción de entre el 30% y el 50% en el servicio de gas en lugares con temperaturas bajas. En la Patagonia ya se aplica este subsidio y se renovará, mientras que se sumarán localidades de otras provincias.
Para el conjunto de beneficiarios que son titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo (AUE), Pensiones no Contributivas (PNC) de Anses, así como también monotributistas sociales, entre otros, la rebaja será del 50%.
👉¿Qué lugares se suman a las denominadas Zonas Frías?
Toda la provincia de Mendoza
Algunas localidades de:
✅Buenos Aires
✅Córdoba
✅Santa Fe
✅San Juan
✅San Luis
✅Salta
✅Catamarca
✅Jujuy
✅La Rioja
👉¿Quiénes se benefician con el 50% de reducción en la tarifa de gas?
✅Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo (AUE)
✅Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a cuatro veces el Salario Mínimo Vital y Móvil
✅Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social
✅Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a cuatro Salarios Mínimos Vitales y Móviles
✅Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en tres veces el Salario Mínimo Vital y Móvil
✅Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo
✅Electrodependientes, beneficiarios de la Ley Nº 27.351
✅Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad
Social para Empleados de Casas Particulares (Ley Nº 26.844)
✅Exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza
Ser titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur
Además, se rebajará la tarifa para entidades de bien público sin fines de lucro y con criterios de elegibilidad a asociaciones civiles y comedores comunitarios.